Calzado – Nueva incorporación en las etiquetas

A través de la Resolución 316/2021, publicada en fecha 9 de abril del 2021 en el Boletín Oficial, la Secretaría de Comercio Interior dispuso que los importadores de calzado tendrán que incorporar en las etiquetas de sus productos el sistema de numeración de talles “AR”, que se utilizará en todo el país.

Asi queda sustituido el Artículo 6° de la Resolución N° 465/18 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO por el siguiente:

“ARTÍCULO 6°.- Conforme la exigencia establecida en el inciso e) del Artículo 4° de la presente medida, la indicación del tamaño del calzado será efectuada de acuerdo al sistema de numeración denominado “AR” empleado en la REPÚBLICA ARGENTINA, de acuerdo a la Norma Técnica IRAM 8604, a los efectos de la cual se considera el largo del pie como referencia para el ajuste del calzado. Adicionalmente, se podrá utilizar otra numeración u otras prácticas comerciales aceptadas internacionalmente.

A los efectos del presente artículo, se establece hasta el día 31 de julio de 2021 como plazo máximo para la adecuación a la exigencia del sistema de numeración “AR”.”.

 

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